PRIMERA ENTREGA:

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https://smartseguros.com.ar/multas-de-transito-scoring/


Desde Smart Seguros te contamos las infracciones que actualmente están vigentes en nuestro país:

  • “Por conducir sin tener cumplida la edad reglamentaria, será sancionado con multa desde 100 U.F. hasta 300 U.F., y serán restados de la Licencia Nacional de Conducir la cantidad de CUATRO (4) puntos”.

La Ley Nacional de Tránsito N 24.449 estipula que el valor de las infracciones se mide en Unidades Fijas (U.F.),  cada provincia se encarga de cuantificar las U.F. En la provincia de Buenos Aires, por ejemplo, es de 156,80 pesos.

  • “Por circular con Licencia Nacional de Conducir vencida, será sancionado con multa desde 100 U.F. hasta 300 U.F., y serán restados de la Licencia Nacional de Conducir la cantidad de CINCO (5) puntos”.

 

  • “Por circular sin el distintivo que indica la condición de principiante durante los primeros SEIS (6) meses, será sancionado con multa desde 50 U.F. hasta 100 U.F., y serán restados de la Licencia Nacional de Conducir la cantidad de DOS (2) puntos”.

 

  • “Por conducir un vehículo sin anteojos o lentes de contacto o audífonos o similar cuando la licencia indique su obligación de uso, será sancionado con multa desde 100 U.F. hasta 300 U.F., y serán restados de la Licencia Nacional de Conducir la cantidad de CUATRO (4) puntos”.

 

  • “Por circular con licencia caduca debido a no haber denunciado la modificación de datos dentro de los NOVENTA (90) días de producida dicha modificación, será sancionado con multa desde 50 U.F. hasta 100 U.F., y serán restados de la Licencia Nacional de Conducir la cantidad de CINCO (5) puntos”.

 

  • “Por conducir con licencia suspendida por ineptitud, será sancionado con multa desde 150 U.F. hasta 500 U.F., y serán restados de la Licencia Nacional de Conducir la cantidad de CINCO (5) puntos”.

 

  • “Por circular los vehículos automotores, acoplados y semirremolques sin tener aprobada la revisión técnica periódica obligatoria cuando corresponda, será sancionado con multa desde 100 U.F. hasta 300 U.F., y serán restados de la Licencia Nacional de Conducir la cantidad de CUATRO (4) puntos”.

 

  • “Por haber modificado las características de seguridad del vehículo automotor y/o circular sin contar el vehículo con las condiciones y dispositivos mínimos de seguridad exigidos en los sistemas de frenos, dirección, suspensión, cubiertas, peso y dimensión e iluminación, espejos retrovisores, bocina, vidrios de seguridad con la transmitancia lumínica del SETENTA Y CINCO POR CIENTO (75 %) en el caso de parabrisas y del SETENTA POR CIENTO (70 %) cuando no sea parabrisas, paragolpes, correajes de seguridad y apoyacabezas correspondientes, será sancionado con multa desde 100 U.F. hasta 300 U.F., y serán restados de la Licencia Nacional de Conducir la cantidad de CUATRO (4) puntos”.

 

  • “Por no respetar el orden de prioridad normativa exigido y por no respetar las indicaciones de la autoridad de comprobación o aplicación, las señales del tránsito y las normas legales, en ese orden de prioridad, será sancionado con multa desde 150 U.F. hasta 500 U.F., y serán restados de la Licencia Nacional de Conducir la cantidad de DIEZ (10) puntos”.

 

  • “Por negarse a exhibir la documentación exigible, documento de identidad, comprobante de pago del impuesto a la radicación del vehículo, comprobante del pago del peaje (de corresponder), constancia de revisión técnica obligatoria, Licencia Nacional de Conducir correspondiente, cédula de identificación del vehículo y el comprobante del seguro en vigencia, será sancionado con multa desde 100 U.F. hasta 300 U.F., y serán restados de la Licencia Nacional de Conducir la cantidad de CUATRO (4) puntos”.

Te invitamos a cotizar el seguro de tu auto, ingresa a www.smartseguros.com.ar También podes contactarnos por WhatsApp al (011)15 6361-8876, un asesor te responderá en el momento de 9 a 21 hs. de Lunes a Viernes, y Sábados de 10 a 15 hs.

 


A partir del mes de agosto, comenzó a regir como normativa para el parque automotor a nivel nacional el SCORING, un sistema de quita de puntos de la Licencia Nacional de Conducir según la infracción de tránsito que se cometa.

Lanzado oficialmente a través de la Ley de Tránsito establecida bajo el Decreto 242/2022, el scoring unificado a nivel nacional define que todos los conductores comenzarán con una base de 20 puntos y, en caso de llegar a cero, la licencia quedará inhabilitada por un tiempo determinado.

La primera vez que el conductor llega a cero puntos, la licencia se inhabilitará por 60 días, la segunda 120 días, la tercera 180 días y posteriormente el aumento se duplicará sucesivamente.


Algunas de las infracciones de tránsito y los puntos que le resta a la licencia de conducir, respectivamente.
Algunas de las infracciones de tránsito y los puntos que le resta a la licencia de conducir,
respectivamente.

No obstante, también existirá la posibilidad de recuperar puntos realizando cursos de seguridad vial, al que se podrá acudir una vez cada dos años –las personas con licencia profesional pueden realizarlo una vez por año-. La aprobación del curso entregará un máximo de 4 puntos.

A su vez, las personas que mantengan su scoring con menos de 20 puntos y más que 0, tras el lapso de dos años volverán a contar con sus puntos base (20).

A pesar de que la medida rige a nivel nacional, cada jurisdicción tendrá la opción de adherirse al scoring o tener su propio sistema de puntos, tal como sucede en la Ciudad de Buenos Aires, que utiliza el Sistema de Evaluación Permanente de Conductores (SEPC) desde 2009.

De hecho, trascendió que la provincia de Buenos Aires tampoco adhiere por el momento a la nueva norma. Adujeron de manera extraoficial que trabajan en una Ley de Tránsito propia que permita coordinar el complejo entramado normativo en sus 135 distritos.

Tampoco es uniforme el monto a pagar por las multas, sino que queda establecido por cada distrito. En este sentido, lo que sí está unificado por la Ley Nacional de Tránsito 24.449 es que el valor de las infracciones se estipula en Unidades Fijas (U.F.), y cada provincia se encarga de cuantificar las U.F. En la provincia de Buenos Aires, por caso, es de 156,80 pesos.

A continuación, las principales características del sistema de SCORING NACIONAL:

  • Cada descuento parcial de puntos quedará sin efecto a los 3 (tres) años siempre que el conductor, durante ese lapso, no haya alcanzado los cero puntos.

  • A los conductores que alcancen los cero (0) puntos se les reasignarán nuevamente diez (10) puntos una vez cumplida la sanción que será la inhabilitación para conducir que podrá extenderse desde los sesenta (60) días hasta los cinco (5) años. Además, en ese lapso, se deberá cumplir y aprobar un curso de educación vial y prevención de accidentes de tránsito.

  • Los conductores pueden recuperar voluntariamente cuatro (4) puntos si presentan certificado de asistencia y aprobación del curso especial de educación vial establecido en el Régimen de Faltas. Esta opción no podrá utilizarse más de una (1) vez cada dos (2) años.

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La Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) puso en vigencia desde el 1 de agosto la obligatoriedad del patentamiento de tráilers y casas rodantes categoría 01, que habilita a conducir automóviles y camionetas de hasta 3.500 kilos con un peso acoplado de hasta 750 kg o casas rodantes no motorizadas.

Desde este lunes 1 de agosto los tráilers y casas rodantes categoría 01 deberán contar con una placa de identificación metálica otorgada por la Dirección Nacional de los Registros de la Propiedad Automotor (DNRPA), que se encargará de certificar y corroborar que son seguros para la circulación por la vía pública.

Esto significa que ya no estará permitido circular con la plataforma denominada “patente 101″. De hacerlo, los conductores se expondrán a las sanciones previstas en la Ley de Tránsito.

La normativa vigente, contemplada en la resolución 323/2019 de la DNRPA, comprende a acoplados, remolques, tráileres y casas rodantes de hasta 750 kilos, destinados al traslado de equipaje, pequeñas embarcaciones deportivas o elementos de recreación familiar remolcados por automotores particulares.

IMPORTANTE: Tienen que estar asegurados en la misma compañía qué el vehículo principal que los remolca. 

Si te interesa saber cómo se debe realizar este patentamiento, a dónde debes recurrir para solicitar la verificación y mucha más información te invitamos a leer nuestro artículo:

https://smartseguros.com.ar/nueva-disposicio…ura-de-traileres/

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Se pueden conseguir de forma totalmente online y en menos de 24 horas.

Al momento de alquilar una propiedad, todo inquilino sabe que existe una condición ineludible: la garantía inmobiliaria. Pensada para que el propietario se cubra de eventuales incumplimientos del contrato, en la práctica deja a muchas personas casi sin posibilidades de acceder a un departamento si no cuentan con un garante.

Según un portal de propiedades online de nuestro país, el 73,8% de los inquilinos tiene problemas para conseguir una garantía inmobiliaria. El dato surge de una encuesta, en la que el 56,5% manifestó que le resulta complejo solicitar a un amigo, familiar o conocido este tipo de compromiso, mientras que el 28,6% explicó que sus familiares tienen sus propiedades como bien de familia y no pueden ser garantes.

Ante una problemática tan extendida y de larga data como la de conseguir una garantía inmobiliaria para poder alquilar, algunas empresas del sector tomaron nota y empezaron a ofrecer soluciones rápidas y eficientes a los inquilinos.

 ¡Los seguros de caución!

A través de este servicio, se brinda la posibilidad de contratar seguros de caución de alquiler en menos de 24 horas y de forma totalmente online.

En la Argentina, de manera tradicional, se utiliza una garantía propietaria, lo cual requiere que el inquilino tenga quien le salga como garante y además conlleva varias semanas entre análisis de dominios y firmas presenciales. Pero en caso de una falta de pago, resulta complejo para el propietario utilizarlo de manera efectiva para el cobro de los alquileres impagos.

Este tipo de garantías o seguros de caución vienen a profesionalizar de alguna manera una necesidad contractual que en la Argentina se suele resolver de manera mucho más informal y que ni siquiera le termina asegurando al propietario la cobertura en caso de incumplimiento. De hecho, en el mundo son mucho más comunes que en nuestro país y ofrecen ventajas a ambas parte. Por un lado, le facilitan al inquilino la posibilidad de alquilar sin depender de conseguir algún familiar o amigo que le salga de garante. Y para el propietario es más sencillo cobrar en caso de que el inquilino no pague el alquiler, las expensas, los servicios, los impuestos y/o los costos legales de la restitución del inmueble.

Por otra parte, la nueva Ley de Alquileres establece que el inquilino debe proponer al menos dos garantías, entre las que se encuentran como posibles un seguro de caución, y el locador debe aceptar una de ellas. Es por eso que estas garantías ya están ganando terreno en el mercado.

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