QUINTA ENTREGA:
Te recomendamos leer este artículo después de haber leído: https://smartseguros.com.ar/todas-las-infracciones-vigentes-en-argentina-4/
Desde Smart Seguros te traemos la quinta entrega de todas las infracciones que actualmente están vigentes en nuestro país:
- “Por no detenerse con luz roja, antes de la senda peatonal o de la línea marcada a tal efecto, será sancionado con multa desde 150 U.F. hasta 500 U.F., y serán restados de la Licencia Nacional de Conducir la cantidad de CINCO (5) puntos”.
- “Por haber iniciado el cruce, aún con luz verde, sin tener espacio suficiente del otro lado de la encrucijada, será sancionado con multa desde 50 U.F. hasta 100 U.F., y serán restados de la Licencia Nacional de Conducir la cantidad de DOS (2) puntos”.
- “Por girar a la izquierda en vías de doble mano reguladas por semáforo sin señal que lo permita, será sancionado con multa desde 100 U.F. hasta 300 U.F., y serán restados de la Licencia Nacional de Conducir la cantidad de CUATRO (4) puntos”.
- “Por no ajustarse a las reglas de circulación establecidas para las vías multicarriles, será sancionado con multa desde 150 U.F. hasta 500 U.F., y serán restados de la Licencia Nacional de Conducir la cantidad de CINCO (5) puntos”.
- “Por estacionar o detenerse, en autopistas y semi-autopistas, para ascenso y descenso de pasajeros, o para efectuar carga y descarga de mercaderías, salvo en las dársenas construidas al efecto si las hubiere, será sancionado con multa desde 100 U.F. hasta 300 U.F., y serán restados de la Licencia Nacional de Conducir la cantidad de CUATRO (4) puntos”.
- “Por no cumplir las reglas previstas para el uso de las luces, será sancionado con multa desde 100 U.F. hasta 300 U.F., y serán restados de la Licencia Nacional de Conducir la cantidad de CUATRO (4) puntos”.
- “Por conducir con variaciones psicofísicas permanentes a las tenidas en cuenta al momento de la habilitación, será sancionado con multa desde 100 U.F. hasta 300 U.F., y serán restados de la Licencia Nacional de Conducir la cantidad de CUATRO (4) puntos”.
- “Por conducir cualquier tipo de vehículo con alcohol en sangre con valores por encima del límite permitido para cada categoría, será sancionado con multa desde 200 U.F. hasta 1.000 U.F., y serán restados de la Licencia Nacional de Conducir la cantidad de DIEZ (10) puntos”.
- “Por conducir motocicletas o ciclomotores con alcohol en sangre con valores por encima del límite permitido para cada categoría, será sancionado con multa desde 200 U.F. hasta 1000 U.F., y serán restados de la Licencia Nacional de Conducir la cantidad de DIEZ (10) puntos”.
- “Por conducir vehículos destinados al transporte de pasajeros, de menores y de carga con alcohol en sangre con valores por encima del límite permitido para cada categoría, será sancionado con multa desde 200 U.F. hasta 1.000 U.F., y serán restados de la Licencia Nacional de Conducir la cantidad de DIEZ (10) puntos”.
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