La Agencia Nacional de Seguridad Vial estableció, normativas para andar con estos vehículos por calles y avenidas. Los usuarios ya fueron advertidos y desde Smart Seguros brindamos detalles sobre las conductas apropiadas para circular. El uso de casco, las velocidades máximas y el sistema de luces son obligatorios para evitar multas. 

Una de las cuestiones fundamentales a la hora de circular en cualquier tipo de vehículo es la seguridad de quien lo conduce y del tránsito que lo rodea. Y lo mismo sucede con los llamados Vehículos de Movilidad Personal (VMP) como, por ejemplo, los innovadores monopatines, que ya circulan por nuestras calles y para los cuales también hay leyes que acatar, y que las autoridades deben hacer cumplir,

Los monopatines tienen sus normas en Argentina –como todo actor del tránsito, inclusive los peatones-, cuyos alcances y contralor fueron estipulados por la Agencia Nacional de Seguridad Vial.

Seguridad en todo momento: 

Es fundamental evitar las cubiertas sólidas en cualquier modelo dado que tienen poco agarre al pavimento, desgastan prematuramente las soldaduras de la batería, las estructuras del monopatín y producen muchas vibraciones al andar.

En cambio los neumáticos inflados en general (cámara o tubeless) logran mejores objetivos. Ambos producen una calidad superior de conducción y un agarre diferente al pavimento, así como niveles más bajos de resistencia a la rodadura.

Las reglas:

Sistema de freno que permita una detención total del mismo

Sistema de iluminación que contenga al menos una luz delantera de color blanca y una luz trasera de color roja que se mantengan encendidas durante toda la marcha del vehículo.

Sistema de alerta sonora (bocina) que permita ser escuchada por el resto de los usuarios de la vía y que no supere los decibeles establecidos por reglamentación para el resto de los vehículos.

Sistema de limitación de velocidad que fije la velocidad máxima de circulación en 30 km/h. En caso de no poseer el mencionado sistema, no podrá superar bajo ningún supuesto dicha velocidad.

* Casco de protección: deberán ajustarse como mínimo a los exigidos para el uso de bicicletas y bicicletas con pedaleo asistido y que cuenten con la certificación correspondiente.

* Elementos de visibilidad: Se considera como elemento de visibilidad a los chalecos de seguridad de alta visibilidad que cuenten con la certificación correspondiente.

* Solo se permite la circulación de los VMP por el usuario, no pudiendo transportar carga, animales ni otras personas.

* Los VMP no podrán circular por aceras, zonas exclusivas para peatones, rutas, autopistas y semiautopistas cualquiera sea su jurisdicción.

* Se prohíbe el uso de teléfonos móviles, auriculares o de cualquier otro sistema de comunicación, imagen o sonido que distraiga la atención del conductor.

* Se prohíbe la conducción de los VMP bajo los efectos del consumo de alcohol y/o drogas, cualquiera sea su nivel de concentración en el organismo. Asimismo, los conductores tienen la obligación de someterse a las pruebas de alcohol y drogas, que la autoridad de fiscalización le exija.

*Los VMP solo podrán ser conducidos por personas mayores de 16 años. En caso de que se constate la conducción de menores de edad o de cualquier infracción cometida por estos, los padres, tutores, acogedores y guardadores legales o de hecho, responderán solidariamente por la infracción cometida.

* La autoridad jurisdiccional competente podrá exigir que el conductor posea un seguro de responsabilidad civil.

Recomendaciones:

Para andar en monopatín eléctrico, un casco de bicicleta o moto puede ser apropiado, y de eso dependen la velocidad y lugar por donde se circula.

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