La Agencia Nacional de Seguridad Vial estableció, normativas para andar con estos vehículos por calles y avenidas. Los usuarios ya fueron advertidos y desde Smart Seguros brindamos detalles sobre las conductas apropiadas para circular. El uso de casco, las velocidades máximas y el sistema de luces son obligatorios para evitar multas.
Una de las cuestiones fundamentales a la hora de circular en cualquier tipo de vehículo es la seguridad de quien lo conduce y del tránsito que lo rodea. Y lo mismo sucede con los llamados Vehículos de Movilidad Personal (VMP) como, por ejemplo, los innovadores monopatines, que ya circulan por nuestras calles y para los cuales también hay leyes que acatar, y que las autoridades deben hacer cumplir,
Los monopatines tienen sus normas en Argentina –como todo actor del tránsito, inclusive los peatones-, cuyos alcances y contralor fueron estipulados por la Agencia Nacional de Seguridad Vial.
Seguridad en todo momento:
Es fundamental evitar las cubiertas sólidas en cualquier modelo dado que tienen poco agarre al pavimento, desgastan prematuramente las soldaduras de la batería, las estructuras del monopatín y producen muchas vibraciones al andar.
En cambio los neumáticos inflados en general (cámara o tubeless) logran mejores objetivos. Ambos producen una calidad superior de conducción y un agarre diferente al pavimento, así como niveles más bajos de resistencia a la rodadura.
Las reglas:
– Sistema de freno que permita una detención total del mismo
– Sistema de iluminación que contenga al menos una luz delantera de color blanca y una luz trasera de color roja que se mantengan encendidas durante toda la marcha del vehículo.
– Sistema de alerta sonora (bocina) que permita ser escuchada por el resto de los usuarios de la vía y que no supere los decibeles establecidos por reglamentación para el resto de los vehículos.
– Sistema de limitación de velocidad que fije la velocidad máxima de circulación en 30 km/h. En caso de no poseer el mencionado sistema, no podrá superar bajo ningún supuesto dicha velocidad.
* Casco de protección: deberán ajustarse como mínimo a los exigidos para el uso de bicicletas y bicicletas con pedaleo asistido y que cuenten con la certificación correspondiente.
* Elementos de visibilidad: Se considera como elemento de visibilidad a los chalecos de seguridad de alta visibilidad que cuenten con la certificación correspondiente.
* Solo se permite la circulación de los VMP por el usuario, no pudiendo transportar carga, animales ni otras personas.
* Los VMP no podrán circular por aceras, zonas exclusivas para peatones, rutas, autopistas y semiautopistas cualquiera sea su jurisdicción.
* Se prohíbe el uso de teléfonos móviles, auriculares o de cualquier otro sistema de comunicación, imagen o sonido que distraiga la atención del conductor.
* Se prohíbe la conducción de los VMP bajo los efectos del consumo de alcohol y/o drogas, cualquiera sea su nivel de concentración en el organismo. Asimismo, los conductores tienen la obligación de someterse a las pruebas de alcohol y drogas, que la autoridad de fiscalización le exija.
*Los VMP solo podrán ser conducidos por personas mayores de 16 años. En caso de que se constate la conducción de menores de edad o de cualquier infracción cometida por estos, los padres, tutores, acogedores y guardadores legales o de hecho, responderán solidariamente por la infracción cometida.
* La autoridad jurisdiccional competente podrá exigir que el conductor posea un seguro de responsabilidad civil.
Recomendaciones:
Para andar en monopatín eléctrico, un casco de bicicleta o moto puede ser apropiado, y de eso dependen la velocidad y lugar por donde se circula.
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