• Se cubre la muerte e invalidez (permanente y temporal) del asegurado si ha sido consecuencia de un accidente
  • La causa del accidente debe ser violenta, súbita, externa y ajena a la intencionalidad del asegurado

seguro-accidentes-rastreator (1)Los accidentes personales junto con los daños Materiales (edificio y contenido) y los siniestros relacionados con la responsabilidad civil son los 3 riesgos más comunes que sufren las pequeñas y medianas empresas (pymes). Es por eso, que seguros como el de Accidentes son uno de los más demandados. Pero no sólo las pymes tratan de protegerse de los riesgos derivados de un accidente que puedan sufrir sus trabajadores sino que son muchas personas las que deciden, a título individual, contratar uno de estos seguros para cubrir a su familia en caso de muerte o invalidez a causa de un accidente.

¿Qué cubre un seguro de Accidentes?

El seguro de Accidentes cubre, como su propio nombre indica, los daños corporales que sufra un asegurado como consecuencia de un accidente ya sea en su vida privada o mientras se encontraban desarrollando su actividad profesional. Entre los riesgos cubiertos se encuentra la muerte, la invalidez permanente y absoluta y las repercusiones económicas que pueda sufrir, como los gastos sanitarios.

Causalidad, elemento esencial

La relación de causalidad es un elemento que tiene que existir para que el seguro de Accidentes se active. Es decir, tiene que haber una causa y un efectoLa causa debe ser, tal y como recoge la Ley del Contrato del Seguroviolenta, súbita, externa y ajena a la intencionalidad de éste. De esta forma, se especifica qué características tienen que concurrir en un suceso para que sea entendido por la aseguradora como un accidente susceptible de indemnización.

En cuanto al efecto del accidente, éste tiene que ser la muerte o invalidez (permanente o temporal) del asegurado para que la compañía pague la indemnización al beneficiario que figure en la póliza, que será el que el asegurado haya designado. También podrá ser él mismo, en caso de invalidez o de precisar asistencia sanitaria a raíz del accidente.

¿Qué ofrece un seguro de Accidentes?

Las coberturas principales incluidas en un seguro de Accidentes son el pago de una indemnización por el fallecimiento o invalidez así como el pago de una renta mensual por éste último motivo. También se suele contemplar el pago de una cantidad diaria, hasta el límite fijado en el contrato, por hospitalización. Pero un seguro de este tipo puede ir más allá e incorporar coberturas más propias de otras pólizas como puede ser la asistencia sanitaria, en viaje e incluso domiciliaria, así como protección jurídica o adelanto de gastos de sepelio.

Exclusiones del seguro de Accidentes

El seguro cubre las lesiones causadas por un accidente pero no todos están contemplados por la póliza. Uno de los excluidos, en este caso por ley, es aquel que provoca el asegurado de manera intencionada. En este caso, la aseguradora no está obligada a cumplir con lo acordado en el contrato.

También están fuera del alcance de la cobertura de este seguro las lesiones corporales derivadas de un conflicto armado, de una manifestación o de una huelga legal. Tampoco están cubiertos los accidentes que han tenido lugar antes de que el asegurado pagara la prima o si se ha producido cuando el seguro estaba extinguido o la cobertura suspendida debido a un impago.

Los daños causados por un accidente de circulación también pueden estar excluidos del seguro, a no ser que la aseguradora permitiera incluir este supuesto en la póliza. De todas formas, los daños sufridos en este tipo de siniestros son imputables al seguro de Coche.

Tipos de seguro de Accidentes

El seguro de Accidentes se puede contratar de manera individual o lo puede suscribir una empresa para asegurar a todos sus trabajadores. En este caso se trataría de un seguro de Accidentes Colectivo. Pero también existen otras modalidades como el incluido en el billete de un tren o un autobús, el que se contrata para asegurar al conductor de un vehículo o el que puede contemplar una póliza multirriesgo.

Seguro de Accidentes Individual

El seguro de Accidentes individual es el que contrata una persona de manera voluntaria para cubrir a su familia, o persona que figure como beneficiario, y a sí mismo de las consecuencias derivadas de un accidente. El asegurado puede optar entre cubrir cualquier tipo de incidente o limitarlo a un riesgo concreto como, por ejemplo, el ocurrido durante el desarrollo de su actividad profesional.

Seguro de Accidentes Colectivo

Este seguro es el que se contrata para proteger a todas las personas que tienen una característica en común. Lo que caracteriza a esta modalidad es que existe una única póliza que protege a varias personas.

El ejemplo más claro de una póliza de Accidentes Colectiva es la que suscribe una empresa para asegurar a todos sus trabajadores en caso de que sufran un accidente mientras trabajan. Como uno de los factores que determinan el importe de la prima es la profesión del asegurado, no costará lo mismo el seguro que tenga contratado una empresa de electricistas que una oficina.

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